Condenado en Jerez por la venta 'chips' y programas para 'piratear' consolas
Otras sentencias anteriores consideran, sin embargo, que son legales
Seis meses de prisión -que no tendrá que cumplir-, una multa de casi 1.300 euros y varias indemnizaciones por un valor total de 2.070 euros. Es la pena que ha impuesto un juez a S. M. P., dueño de una tienda de videojuegos en Jerez, por vender 'chips' y programas 'swap magic', además de comercializar copias no autorizadas de videojuegos, películas y programas de ordenador.
Así se puede leer en la sentencia 414/11 del juzgado de lo Penal Nº 1 de Jerez de la Frontera, dictada el pasado 15 de diciembre tras la denuncia presentada por la patronal española de los videojuegos aDeSe a través de la FAP (Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual).
El juez considera que el ahora condenado cometió un delito contra la propiedad intelectual tipificado en los artículos 270.1 y 270.3 del Código Penal.
Por un lado, se le condena por una falta contra la propiedad intelectual (270.1 con 623 del código Penal) por la tenencia de 25 CD y DVD no originales, que tras las pruebas presentadas el juez concluye que estaban destinados a su venta, aunque el beneficio económico no supera los 400 euros (50 céntimos por copia). Así, por esta falta se le condena al pago de indemnizaciones por valor total de 570 euros.
Por otro lado, se le condena por el delito específico mencionado en el artículo 270.3 del Código Penal, que sanciona la fabricación, puesta en circulación o tenencia de cualquier medio destinado a facilitar la supresión de medidas anticopia en programas de ordenador. El resultado, seis meses de prisión y 1.500 euros de indemnización a Sony Computer Entertainment.
El juez ignora el argumento de la defensa, que afirma que los programas y dispositivos no sólo sirven para ver juegos no autorizados sino que también para que las consolas puedan funcionar como un ordenador personal, con programas de 'software' libre.
"El establecimiento (...) se dirige al área específica de las videoconsolas y casi no comercializa otros productos distintos (...). El propio acusado ha admitido que no reparaba ordenadores y admite que tenŽñia videojuegos procedentes de otras áreas geográficas distintas de las europeas", comncluye.
El juez reconoce que "pese a las resoluciones de otras Audiencias Provinciales, con los indicios reunidos en esta causa la única explicación lógica es que el acusado se dedicaba a la instalación de dichos mecanismos o su venta al público".
De hecho, otros casos anteriores consideran que la venta y la tenencia de estos 'chips' para las consolas o de sus programas no constituyen delito alguno. Sin embargo, aDeSe recuerda en una nota que son ya ocho los casos judiciales que consideran delito "la comercialización de dispositivos que vulneran las medidas de protección de los videoconsolas".
aDeSe insiste en su nota en que "la 'piratería' en el ocio digital sigue minando las posibilidades de vertebrar una auténtica industria del videojuego en España, que facilite la creación de empresas locales" y que atraiga inversión internacional.