El TSJC impide a una empresa audiovisual usar la Sagrada Familia en su logotipo
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha impedido a una empresa de producciones audiovisuales seguir usando la imagen de las cuatro torres de la Sagrada Familia en su logotipo, por considerar que supone un "aprovechamiento indebido" de la celebridad del templo.
En su sentencia, el alto tribunal catalán anula la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas por las que se concedió a la empresa la marca 'Hidalgo's Bros', con un logotipo que incluye una representación de las cuatro torres de la fachada del Nacimiento de la Sagrada Familia sobre un fondo con una bandera japonesa.
La Junta Constructora del Templo de la Sagrada Familia presentó un recurso ante el TSJC por el uso indebido de su imagen en la marca de la productora.
El alto tribunal considera que el elemento más destacado de la marca de "Hidalgo's Bros" lo constituye las torres de la Sagrada Familia, que "se hallan amparadas por las marcas gráficas" del templo de Gaudí.
Para el TSJC, "existe ciertamente un riesgo de confusión entre las marcas en conflicto, especialmente en cuanto a la posibilidad de que los consumidores asocien con la actora los productos audiovisuales que pretende amparar la marca solicitada, entendiendo que tienen un mismo origen empresarial".
La sentencia argumenta que las torres de la Sagrada Familia constituyen "una imagen conocida por la generalidad de la población", por lo que merecen "la protección reforzada" que prevé la Ley de Marcas.
El TSJC concluye que el uso de la imagen del templo de Gaudí por parte de 'Hidalgo's Bros' supone "un aprovechamiento indebido del carácter distintivo y de la notoriedad y renombre" del monumento.