La Tizona del Cid, partida en dos: una juez divide la venta del acero campeador
Una sentencia da la razón a los sucesores de los herederos de Pedro Velluti, XV marqués de Falces, que reclaman la mitad del espadón, vendido por el actual titular del marquesado en 1,5 millones de euros. Deberá pagarles la mitad del dinero.
Más de diez siglos después, lo que nadie logró en vida de Rodrigo Díaz de Vivar, partir en dos el acero campeador de una espada -Tizona- que podía abrir en canal a un cerdo de un solo mandoble, lo ha conseguido una juez. La titular de Primera Instancia número 72 de Madrid ha resuelto el legendario litigio sobre la posesión de la espada Tizona del Cid. Así, Su Señoría ha estimado la demanda interpuesta por las herederas del XV marqués de Falces, Pedro Velluti de Murga, frente al actual marqués de Falces, José-Ramón Suárez de Otero, y en consecuencia declara que la espada Tizona perteneció «por mitad y pro indiviso» a los hermanos Pedro y Olga Velluti de Murga.
Asimismo, Su Señoría sentencia que la mitad «indivisa correspondiente al causante, Pedro Velluti de Murga, fue transmitida a su fallecimiento por herencia a los esposos Salustiano Fernández Suárez y Jacinta Méndez, quienes tuvieron la cotitularidad de dicha espada hasta su fallecimiento, siendo sustituidos por sus herederos».
En tercer lugar, la magistrada Purificación Pujol Capilla condena «a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración, así como al pago de las costas procesales del procedimiento».
En los Fundamentos de Derecho, abunda el juez: «Cuando el demandado vendió la Tizona debió repartir el precio -1,5 millones de euros- con los sucesores de los herederos de su tío, de cuyo testamento doña Olga Velluti había obtenido una copia autorizada (...)».
Por lo tanto, la parte demandada, el actual marqués de Falces, José Ramón Suárez de Otero, deberá pagar a la parte demandante, las tres hijas herederas del matrimonio Fernández Méndez, la mitad -750.000 euros- de lo que el marqués obtuvo por la venta de la Tizona: 1,5 millones de euros.
La Tizona «resurge» en ABC.
La sentencia judicial señala un punto esencial en la disputa por la Tizona: «En junio de 2001, los padres de las demandantes tienen noticia por ABC [17-VI-01, «La Tizona del Cid Campeador, en litigio»] de la existencia de la Tizona, de que pertenecía al marqués de Falces [Pedro Velluti] y de que se encontraba depositada en el Museo del Ejército». Velluti había fallecido en 1987, en estado de soltero, pero en 1985 -bajo testamento otorgado- instituye herederos universales al matrimonio formado por Salustiano y Jacinta -padres de las hermanas demandantes-, y explica la asignación por «carecer de herederos forzosos y tener una hermana que le abandonó a su suerte que no puede ser mejor». El marqués de Falces, Pedro Velluti, invidente, fue cuidado como un miembro más de su familia por este matrimonio asturiano de pescadores de Luarca durante 30 años.
El litigio es largo. Con fecha de 22 de febrero de 2011, se repartió al Juzgado de Primera Instancia número 72 demanda de juicio Ordinario en la que se ejercitaba acción reivindicatoria sobre la mitad indivisa de la espada Tizona y, alternativamente, acción de reclamación de la cantidad de la mitad del valor de la mencionada espada -750.000 euros- para el caso de que haya sido enajenada, con los intereses legales desde aquella fecha.
El 22 de mayo de 2007, el demandado (Suárez de Otero, vigente marqués de Falces) había levantado del Museo del Ejército el depósito de la Tizona principiado por el decimocuarto marqués de Falces, José María Velluti, en julio de 1944. El 16 de enero de 1959, el depositante fallece, pero otorgó testamento en el que señala que tiene dos hijos, Pedro y Olga, y en la cláusula cuarta instituye herederos por partes iguales a sus dos citados hijos, y en defecto a cualquiera de ellos a sus descendientes.
El 29 de octubre de 1980, los herederos de José María Velluti, Pedro Velluti y Olga Velluti, renuevan el depósito de la espada Tizona del Cid Campeador al Museo del Ejército. La sentencia estipula: «Hay pues un un segundo contrato de depósito. El Museo del Ejército con los dos herederos del depositante. Ello revela que todos los contratantes (depositantes y representantes del depositario) consideran que la espada es un bien indivisible por pertenecer a ambos herederos proindiviso».
Por el reportaje de ABC de 17 de junio de 2001 -citado hasta tres veces en la sentencia- el padre de las demandantes se entera de que entre los bienes de su causante, Pedro Velluti, está la Tizona. Ya en 1998, el marqués de Falces quiso desprenderse de ella ofreciendo al Estado la posibilidad de adquirirla por mil millones de pesetas; el Estado se asesoró, pidió una tasación y no estaba dispuesto a pagar más de cien millones por la Tizona al considerarla un «falso histórico»: no se puede demostrar la historicidad y autenticidad que representa la pieza. Falces entonces rebajó en 250 millones su pretensión: y pide 750 millones de pesetas. Dio en hueso con el Estado.
Sin embargo, siete años después, el 22 de julio de 2008, el marqués vende la Tizona a tres sociedades con Escritura Pública. La sentencia subraya que el precio de venta de la Tizona (millón y medio de euros) «en principio debe pertenecer a los sucesores de los depositantes de la espada, esto es, por mitad, a las tres hijas de los herederos de don Pedro Velluti, y al único hijo de la hermana de aquel doña Olga Velluti, es decir al hoy demandado don José Ramón Suárez de Otero, a no ser que éste hubiere adquirido la espada en virtud de la prescripción adquisitiva del artículo 1955 del Código Civil, como se sostiene en la contestación a la demanda».
«Por cierto -prosigue Su Señoría- que en la página 53 de dicha constestación se dice sorprendentemente que "no es que don José Ramón Suárez de Otero haya adquirido la espada por usucapión sino que también habría adquirido en virtud de la prescripción adquisitiva". Parece referirse esta última expresión a la prescripción adquisitiva ordinaria, cosa esta que debe rechazarse de plano porque en la posesión de doña Olga y en la de su hijo falta evidentemente la buena fe, desde el momento en que conocen desde el día 5 de junio de 1987 el contenido del testamento de don Pedro Velluti».
Y aunque ella sabe que los herederos de su hermano son don Salustiano y doña Jacinta «no les manifiesta que entre los bienes de la herencia está la mitad indivisa de la Tizona. Por ello, no puede hablarse de inacción de los herederos». Fallo salomónico para una Tizona campeadora e infalible.