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La Unión Europea dice que el canon digital no es compatible con el derecho europeo

La Unión Europea dice que el canon digital no es compatible con el derecho europeo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) declaró hoy ilegal cualquier tipo de canon digital que se imponga de forma indiscriminada a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas, como el que se aplica en España.


No obstante, la sentencia deja en manos de la Audiencia Provincial de Barcelona determinar si efectivamente el canon español se impone de forma indiscriminada.


La sentencia se refiere al litigio que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) con la empresa Padawan, que comercializa dispositivos de almacenamiento electrónico, entre otros CD-R, CD-RW, DVD-R y aparatos de MP3.


La SGAE reclamó a Padawan el pago de una compensación a tanto alzado por copia privada por importe de 16.759,25 euros correspondiente a los dispositivos de almacenamiento comercializados por Padawan entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004.


La legislación española permite la reproducción para uso privado, sin autorización del autor, de obras ya divulgadas. Y establece una retribución a tanto alzado a favor de los titulares de derechos, a cuyos efectos grava los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital indiscriminadamente con un canon por copia privada. Los fabricantes, importadores o distribuidores han de abonar dicho canon a las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.


El caso acabó ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que preguntó al Tribunal de Justicia de la UE si el sistema de gravamen español es conforme con la normativa. La Audiencia señaló que de la respuesta del TUE depende el derecho de la SGAE a reclamar la compensación que correspondería por todos los dispositivos de almacenamiento comercializados por Padawan o sólo sobre aquellos que presumiblemente se hayan destinado a la copia privada.


Las entidades de gestión, conformes con la sentencia


Las principales entidades que gestionan los derechos de autor en España han valorado positivamente la sentencia del Tribunal Europeo porque supone respalda su legalidad, "tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea en los que se aplica esta compensación". Sin embargo, en una nota de prensa han manifestado "su disposición para colaborar en el ajuste, si fuera necesario, del sistema actual de copia privada a las consideraciones que propone la sentencia para toda Europa".


El Tribunal de la Unión Europea no tiene efectos jurídicos inmediatos sobre la legislación española. Sus sentencias forman parte de una directiva comunitaria común que no es vinculante para los Estados miembro y pueden ser traspuestos si estos lo consideran oportuno. Corresponde al juez nacional apreciar, a la vista de las respuestas facilitadas, si el sistema español del canon es compatible con la directiva.


En declaraciones a Radio Nacional de España, el portavoz de las entidades de gestión, Rafael Sánchez, ha señalado que la sentencia "dice claramente que el canon digital es legal en España porque equilibra los derechos de los titulares de los derechos de autor con el de los usuarios a través de la copia privada".


En cuanto a la consideración de la Justicia europea de que el canon digital es indiscriminado, Sánchez ha indicado que habrá que plantear determinadas excepciones, pero que esto ya lo contempla la legislación española y no ocurre lo mismo en el resto de Europa.


Compartir | Recomendar Noticia | Fuente: lainformacion.com | Fecha: 21/10/2010 | Ver todas las noticias



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