Botín, procesado por contrabando: pérdida del 'picasso', multa millonaria y ¿cárcel?
EL JUEZ DEJA AL BANQUERO A UN PASO DEL BANQUILLO. El expresidente de Bankinter se enfrenta a una posible condena de hasta cinco años de cárcel y 157 millones de multa por sacar de España su 'picasso' 'Cabeza de mujer joven' sin permiso de Cultura.
El Juzgado de Instrucción número 4 de Pozuelo de Alarcón ha dictaminado que Jaime Botín cometió un presunto delito de contrabando al sacar de España, sin autorización del Ministerio de Cultura, el cuadro 'Cabeza de mujer joven', un 'picasso' valorado en 26,2 millones de euros. Según el instructor de la causa, Enrique Presa, el accionista mayoritario de Bankinter habría burlado las leyes de Represión del Contrabando y de Patrimonio Histórico para trasladar el cuadro desde Valencia hasta Córcega, en julio de 2015, con la intención de venderlo en una casa de subastas extranjera. La Guardia Civil interceptó el lienzo en la isla francesa justo cuando iba a ser enviado en un 'jet' privado al aeropuerto de Ginebra.
La acusación figura en el auto de transformación en procedimiento abreviado que ha emitido el juez para cerrar los dos años de investigación sobre el presunto contrabando. El dictamen, al que ha tenido acceso El Confidencial, es el paso previo para que Botín tenga que sentarse en el banquillo. Si los hechos reflejados en el auto terminan confirmándose en una futura sentencia, el banquero se arriesga a la pérdida definitiva del 'picasso', a una pena de entre tres y cinco años de cárcel y una multa económica que oscila entre los 91,7 y 157,2 millones de euros. Por lo pronto, el óleo del genio malagueño se encuentra en depósito en los almacenes del Museo Reina Sofía, a la espera de que concluya este procedimiento.
El juez mantiene que la casa de subastas británica Christie´s solicitó en 2012, en nombre de Botín, la autorización necesaria para que la obra pudiera salir de territorio nacional. Cultura denegó el permiso alegando que se trata de una obra de especial singularidad por pertenecer a una de las épocas menos prolíficas y conocidas de Picasso, el periodo Gósol. Sin embargo, continúa el magistrado, “estando vigente la prohibición administrativa de exportación” del lienzo, “el Sr. Botín hace caso omiso a tal prohibición, pues el día 31 de julio de 2015 la Guardia Civil tiene noticia de que el cuadro ha sido localizado por el Servicio de Aduanas francés a bordo del 'Adix”, el superyate de tres mástiles y 65 metros de eslora que habría utilizado el hermano del ya fallecido presidente del Banco Santander Emilio Botín para llevarse su 'picasso' fuera de España. “En dicho buque, algunos amigos del investigado, tres, han visto el cuadro durante sus estancias veraniegas en años anteriores, aunque uno de ellos también lo ha visto en territorio español”, añade el auto.
Ese testimonio y la autorización de exportación solicitada por Christie´s confirmarían, a juicio del magistrado, que el cuadro estuvo en territorio nacional antes de ser descubierto en suelo francés, concurriendo de ese modo la única circunstancia necesaria para que exista un delito de contrabando de un bien protegido. La resolución tumba, de ese modo, uno de los pocos argumentos a los que podía agarrarse la defensa de Botín.
Desde el principio, sus abogados han sostenido que el banquero no pudo sacar la obra de España a bordo del 'Adix' porque siempre estuvo fuera del país. Argumentan que, desde su adquisición en Londres, estuvo colgada en los camarotes de la goleta, que es propiedad de una mercantil domiciliada en la isla de Guernsey, Cherokee Bay Limited. Incluso cuando la embarcación estaba fondeada en puertos españoles, respondía a la jurisdicción de otro Estado, según su defensa.
Pero la Fiscalía, la Abogacía del Estado —en representación del Ministerio de Cultura— y la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil recordaron desde el primer momento que solo los buques de guerra están exentos de cumplir la legislación del puerto en el que están fondeados, y además presentaron una avalancha de pruebas de que, antes de salir rumbo a Córcega, la obra estuvo en al menos dos lugares de Madrid: la vivienda del propio Botín en la urbanización La Finca de Pozuelo de Alarcón y las oficinas de Christie's Ibérica SL en el centro de la capital. Es decir, había quedado documentada la presencia de la obra en territorio nacional, tanto fuera como dentro del 'Adix'.
Tras asumir los argumentos de las acusaciones, el juez concluye que el expresidente de Bankinter habría vulnerado el artículo 2, punto segundo, letra a) de la Ley 12/1995 de Represión del Contrabando, que prohíbe exportar “bienes que integren el Patrimonio Histórico Español sin la autorización de la Administración competente”. También habría infringido el artículo 5 de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español, que establece que “los propietarios o poseedores de tales bienes con más de 100 años de antigüedad necesitan de autorización expresa para su exportación, aunque no hayan sido los bienes catalogados o inventariados como tales, y también la de aquellos otros que la Administración del Estado declare expresamente inexportables”. 'Cabeza de mujer joven', pintado en 1906, cumple ambos supuestos: tiene más de un siglo y estaba declarado inexportable.
A Botín se le presenta ahora un escenario judicial complicado. La normativa advierte de que los bienes protegidos que sean sacados de España sin autorización pasarán, automáticamente, a ser propiedad del Estado, pero el banquero no solo puede perder la obra. La ley también sanciona el contrabando con una pena de entre tres y seis años de cárcel —por encima de los dos años, que permiten evitar el ingreso en prisión 0151 y una sanción económica entre 3,5 y seis veces el valor del bien que haya sido objeto del delito. En este caso, la multa se movería entre los 91,7 y los 157,2 millones de euros.
Por contra, el auto de transformación en procedimiento abreviado exculpa al patrón del 'Adix', Paul Frederick Goss, la otra persona que estaba imputada hasta ahora. Se le acusaba de llevar el superyate hasta Córcega con el cuadro a bordo. Pero, según la resolución judicial, “no aparece suficientemente justificado que [el capitán] tuviera conocimiento al tiempo de salir el cuadro de territorio nacional de la prohibición de exportación o salida del mismo”.
Fuente : José María Olmo; El Confidencial; Sin plaza; 07/06/2017: Botín, procesado por contrabando: pérdida del 'picasso', multa millonaria y ¿cárcel?...